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Viernes 22 de julio de 2011

Congelan en el Senado ley contra narcomantas

El dictamen que reforma el artículo 139 del Código Penal Federal, busca perfeccionar el tipo penal de terrorismo


El dictamen que reforma el artículo 139 del Código Penal Federal, busca perfeccionar el tipo penal de terrorismo

Distrito Federal— Las reformas al Código Penal Federal que sancionan el uso de las llamadas “narcomantas”, así como el terrorismo, se encuentran “congeladas”, en espera de discusión en el Senado de la República, luego de que la Cámara de Diputados la aprobara desde diciembre de 2010.

El dictamen que reforma el artículo 139 del Código Penal Federal, busca perfeccionar el tipo penal de terrorismo y de esa forma, lograr que la legislación penal federal esté acorde con lo dispuesto en la Constitución y en los tratados internacionales suscritos y ratificados por México.

Distrito Federal— Con las modificaciones se pretende que se considere como parte integrante de dicho tipo penal, que cuando los autores de estos hechos difundan sus actividades o posturas ideológicas como finalidad del acto terrorista, sean sancionados.

Esto, debido a que se considera que la propaganda de sus actividades delictivas constituyen finalidades que mueven al terrorista a la realización de los hechos violentos que siembran el terror en la población, además de afectar la integridad física y las posesiones de las víctimas.

En días pasados, salieron libres dos de tres personas que el lunes 11 de julio fueron detenidas a bordo de un vehículo robado y en posesión de una manta que contenía un mensaje del Cártel de Juárez o de La Línea en contra del Cártel de Sinaloa, ambos en una disputa por el control del negocio del narco en la frontera juarense.

Los tres detenidos fueron presentados por el Ministerio Público del estado ante un Tribunal de Garantía, el cual resolvió que sólo el conductor era responsable del delito de robo de vehículo -por lo que sólo él recibió auto de vinculación a proceso- y que el contenido de la manta no constituía algún delito tipificado en el Código penal del estado, por lo que fueron puestos en libertad el 16 de julio.

Al elaborar el dictamen aprobado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, los legisladores explicaron que con las reformas se perfecciona el tipo penal de terrorismo establecido en el artículo 139 del Código Penal Federal para establecer que la intimidación es uno de los posibles objetivos del terrorista, a fin de que pueda sancionarse conforme a ese delito no sólo a los grupos subversivos, sino también a las organizaciones criminales de narcotraficantes y extorsionadores que se valen del temor de la población para llevar a cabo sus actividades delictivas impunemente.

“Señalando que al incluir la finalidad de intimidación el concepto se amplía lo suficiente para encuadrar actos tales como el atentado con granadas en la ciudad de Morelia, la explosión de carros bomba en Ciudad Juárez, la serie de actos violentos acaecidos en Nuevo León, tales como los ataques contra instalaciones de medios de comunicación, la sede del Poder Judicial estatal y el centro penitenciario de Topo Chico, y finalmente el ataque con granadas contra la población en general realizado en la plaza municipal de Guadalupe”, se puntualizó.

Asimismo, se explicó, pretende que se considere como parte integrante de dicho tipo penal, que cuando los autores de estos hechos difundan sus actividades o posturas ideológicas como finalidad del acto terrorista, sean sancionados, ya que la propaganda de sus actividades delictivas, constituyen finalidades que mueven al terrorista a la realización de los hechos violentos que siembran el terror en la población, además de afectar la integridad física y las posesiones de las víctimas.

“Estaremos sancionando más intensa la comisión del delito de terrorismo, independientemente de las sanciones que correspondan a otros delitos cometidos como medio o efecto del mismo, en beneficio de la sociedad, que demanda acciones firmes para garantizar su tranquilidad”, enfatizó la Comisión dictaminadora.