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Viernes 22 de julio de 2016

Doloroso revés al PRI en Tribunal Electoral, dan la razón al PAN

“Las expresiones como “les espera la cárcel” y “lo primero que haré como Gobernador es llevarlos a la justicia”, constituyen crítica severa, pero no califican como calumniosas


“Las expresiones como “les espera la cárcel” y “lo primero que haré como Gobernador es llevarlos a la justicia”, constituyen crítica severa, pero no califican como calumniosas

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitió un dictamen que representa un nuevo revés para el PRI, ante un recurso de impugnación presentado en contra del PAN y sus abanderados, por un spot considerado calumnioso por los tricolores.

Se trata del spot identificado como “Duarte y Serrano”, donde el Tribunal dejó en claro que no se incurrió en calumnia en contra del gobernador de la entidad, Horacio Duarte Jaques ni del abanderado priista a la primera magistratura estatal, Enrique Serrano Escobar, concediendo la razón jurídica al PAN.

Lo anterior a pesar de que en dicho promocional del PAN, aparece el hoy gobernador electo, Javier Corral Jurado y, sostiene que “les espera la cárcel”, en referencia al candidato del PRI, Enrique Serrano y al Gobernador Cesar Duarte.

De acuerdo al tribunal “En dicho promocional no se realiza la imputación directa de un delito específico a Enrique Serrano Escobar, entonces candidato a Gobernador de Chihuahua, postulado por el Partido Revolucionario Institucional, ni al gobernador de dicha entidad federativa César Horacio Duarte Jacques”.

De tal forma el spot es considerado como “una crítica severa.

“Las expresiones como “les espera la cárcel” y “lo primero que haré como Gobernador es llevarlos a la justicia”, si bien constituyen una crítica que puede considerarse severa, vehemente molesta o perturbadora, lo cierto es que no califican como expresiones calumniosas, sino que hacen patente un propósito de crítica política en torno a la supuesta falta de visión de Estado, vocación democrática y republicana, principios morales, cabalidad, honestidad y transparencia de los servidores públicos estatales, lo cual se inscribe dentro de los límites de la libertad de expresión” señalaron los magistrados.

Asimismo los magistrados de la Sala Superior, revocaron la amonestación pública que impuso en su momento, los integrantes de la Sala Regional Especializada.