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Miércoles 27 de enero de 2010

En febrero, los patrones deben declarar

Se recomienda la revisión y reunir la información de la siniestralidad laboral de 2009;


Se recomienda la revisión y reunir la información de la siniestralidad laboral de 2009;

La Delegación Estatal Chihuahua del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que el mes de febrero es el plazo único que tienen los patrones para presentar la declaración anual de la prima de riesgos de trabajo ante la Institución, por lo que los exhortó a preparar la información necesaria en este mes.

La Delegación Estatal del IMSS establece que para presentar lo que oficialmente se conoce como “Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad”, es fundamental obtener y revisar el “Reporte de Riesgos de Trabajo” que les genera el SUA –Sistema Único de Autodeterminación- el cual cuenta con el Módulo de determinación de prima de riesgos de trabajo, siendo este el registro pormenorizado de los accidentes de trabajo y sus consecuencias con motivo de la siniestralidad laboral registrada en el ejercicio comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009.

En el supuesto de detectar en este reporte, casos “pendientes de concluir” deberán de proceder a recabar la documentación e información necesaria, solicitando al trabajador que corresponda o bien por escrito a la Unidad Médica tratante de cada caso, con el fin de integrarla a la declaración, cualquiera que sea el procedimiento elegido para cumplir con la disposición y de la revisión efectuada se determinará si aumenta, disminuye o permanece igual la prima del período anterior para la cobertura de las cuotas patronales del Seguro de Riesgos de Trabajo para el período comprendido del 01 de marzo de 2010 hasta el día último de febrero de 2011.-

La declaración anual de riesgos de trabajo se presenta ante el Instituto en las ventanillas de los Servicios de Afiliación Vigencia de la Subdelegación que corresponda al patrón en caso de haber elegido el archivo electrónico en Excel que ya se encuentra disponible en la página web del Instituto, o a través de Internet utilizando el archivo que genera el SUA y siguiendo las instrucciones de la Guía para tal efecto, misma que también se encuentra disponible en el Portal del IMSS.

También precisa la Delegación Estatal que ésta obligación debe llevarse a cabo solamente durante el mes de febrero exclusivamente y quien teniendo la obligación de hacerlo no lo realice, se hace acreedor a sanciones económicas y de aquellos patrones quienes tengan dudas en relación a cómo deben presentar esta declaración, pueden acudir o llamar telefónicamente a las subdelegaciones para recibir atención personalizada y no se expongan al incumplimiento de esta obligación o de hacerlo erróneamente.