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Lunes 16 de mayo de 2016

Gobierno utiliza sistema penal para criminalizar a periodista

El 1 de mayo, el periodista Gabriel Ortega Pérez, de Por La Libre Chihuahua, fue vinculado a un proceso penal por la jueza de Garantía, Cristina Berjez Cardoso


El 1 de mayo, el periodista Gabriel Ortega Pérez, de Por La Libre Chihuahua, fue vinculado a un proceso penal por la jueza de Garantía, Cristina Berjez Cardoso

El 1 de mayo, el periodista Gabriel Ortega Pérez, de Por La Libre Chihuahua, fue vinculado a un proceso penal por la jueza de Garantía, Cristina Berjez Cardoso, quien consideró que el periodista tuvo la intención de dañar la honra pública de Pedro Hernández, secretario de Salud estatal, por publicar supuestos actos de corrupción con el gobernador César Duarte.

Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), sustentan que funcionarios públicos tienen un umbral menor de protección frente a críticas, informaciones o expresiones, en aras de proteger toda aquella información que reviste interés público.

Por ello, sería obligación de las autoridades clarificar la información de interés público, en lugar de castigar al mensajero, bajo un tipo penal difuso y poco claro.

Como ha sostenido la Corte Interamericana en diversas decisiones, los jueces, al evaluar situaciones en las que puedan caber posibles responsabilidades ulteriores debe ponderar el respeto a los derechos a la honra y la reputación de los demás con el valor que tiene en una sociedad democrática el debate abierto sobre temas de interés público y el efecto disuasivo de sanciones penales sobre el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Por otra parte, en el caso de figuras públicas encumbradas siempre es posible tener mayor acceso a los medios de información para responder a las críticas y ofrecer explicaciones.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con fundamento en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha establecido hace más de una década que la utilización del derecho penal para sancionar expresiones sobre asuntos de interés público y funcionarios es desproporcionada y vulnera por ello el derecho a la libertad de expresión.

Al respecto, el principio 10 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión adoptada por la CIDH en el año 2000, establece que “la protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público.