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Martes 8 de septiembre de 2015

Pide Javier Corral derecho de réplica expedito

Asegura el senador que la minuta sobre Derecho de Réplicaesta hecha a la medida de las televisoras


Asegura el senador que la minuta sobre Derecho de Réplicaesta hecha a la medida de las televisoras

El pasado 31 de agosto las comisiones unidas de Gobernación, Justicia y Estudios Legislativos se declararon en sesión permanente para analizar de manera puntual la minuta sobre Derecho de Réplica misma que el Senador Javier Corral ha calificado como hecha a la medida de las televisoras, que lejos de plantear dicho instrumento al servicio de la sociedad, favorece a los grandes consorcios comunicacionales.

El legislador chihuahuense ha alertado que de aprobarse la minuta en sus términos, se estaría desperdiciando una oportunidad valiosísima para legislar sobre el derecho de réplica que ha esperado tantos años en ser reglamentado.

Entre los aspectos sobre los que Corral ha alertado en la minuta se encuentra el del plazo para la solicitud de réplica, pues la minuta prevé un plazo de 5 días hábiles para solicitarla, sin embargo lo ideal, considera, sería un plazo de 60 días hábiles, “pues es un tiempo razonable para conocer la información y solicitar por escrito al medio de comunicación le conceda la réplica”.

A juicio del legislador panista, uno de los grandes defectos de la minuta es la omisión de la réplica como un procedimiento expedito, la cual es una de las características fundamentales que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha señalado sobre el derecho de réplica.

En el proyecto a discusión el artículo 11 establece que el medio de comunicación tendrá un plazo de tres días para resolver o no la procedencia de la réplica solicitada, por lo que el legislador panista ha expresado que se debe eliminar dicho plazo y establecer que la notificación sea inmediata y la réplica se dé al día siguiente o en la emisión próxima. Adicionalmente sugiere eliminar los artículos 12, 13 y 14, para acortar plazos.

Corral ha insistido en la importancia de que la réplica pueda ejercerse de manera pronta y expedita para darle la posibilidad al afectado de resarcir el daño que pudiera provocarle la difusión de una información calumniosa.