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Martes 25 de agosto de 2009

Sentencia a 26 años de prisión a feminicida

El Tribunal Federal no ampara, ni concede la protección de la Justicia a Edgar Álvarez Cruz


El Tribunal Federal no ampara, ni concede la protección de la Justicia a Edgar Álvarez Cruz

El Tribunal Federal no ampara, ni concede la protección de la Justicia a Edgar Álvarez Cruz, y confirma la sentencia condenatoria de 26 años de prisión, por el delito de homicidio.

Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, emite resolución en Juicio de Amparo, promovido por la defensa de Edgar Álvarez Cruz, a quien se le confirmó la sentencia pronunciada en el año 2008, por la Lic. Flor Mireya Aguilar, Magistrado de la Primera Sala Penal Regional, con cabecera en esta ciudad.

A Edgar Álvarez Cruz, se le encontró penalmente responsable del delito de homicidio calificado, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Silvia Gabriela Laguna Cruz, ya que el cuerpo de su víctima, fue localizado en el cruce de las calles Oasis Revolución y Eje Vial Juan Gabriel, el día 26 de Enero de 1998; siendo la causa de muerte shock hipovolémico secundario a herida producida por arma blanca en tórax.

Al sentenciado, un Juez de primera instancia, lo absuelve de toda responsabilidad, dicha resolución es apelada por el Agente del Ministerio Público de la Fiscalía Mixta para la Atención de Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, y con fecha 06 de Febrero de 2008, un Tribunal de Segunda Instancia revocó la primera resolución y condenó a Edgar Álvarez Cruz, compurgar una sentencia de 26 años de prisión por el delito de homicidio calificado.

Álvarez Cruz y su defensa, solicitaron el amparo y protección de la justicia federal, al considerar violaciones a sus garantías individuales, y al resolver el Tribunal Federal, niega el amparo y beneficio de la Justicia Federal, quedando firme la sentencia condenatoria que fue emitida en el fallo de segunda instancia.

Hechos:

La víctima sale de su domicilio el día 24 de enero de 1998, para dirigirse a laborar a la empresa Nad de México, en horario matutino.

Con fecha 25 de enero de 1998, familiares de la víctima, interpone el reporte de desaparición de la misma, indicando que no había regresado a su domicilio.

El día 26 de enero de 1998, se recibe aviso por parte deL Agente radio operador de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en el sentido de que en el cruce de las calles Oasis Revolución y Eje Vial Juan Gabriel, se encontraba el cuerpo sin vida de una persona del sexo femenino.

El cuerpo de la víctima, se encontraba a escasos 200 metros de su domicilio, en un terreno baldío localizado a un costado de las vías del ferrocarril.