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Jueves 16 de noviembre de 2017

Ante el despilfarro, ordena Corte regular publicidad oficial

"Ni de la libertad de expresión ni de ninguna otra disposición constitucional se desprende que medios de comunicación tengan un derecho a que se les asignen recursos estatales"


"Ni de la libertad de expresión ni de ninguna otra disposición constitucional se desprende que medios de comunicación tengan un derecho a que se les asignen recursos estatales"

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión emitir la ley reglamentaria sobre gasto de comunicación social del Gobierno a más tardar el 30 de abril de 2018.

Lo anterior ante el despilfarro en gasto de publicidad oficial, el cuál se ha incrementado desde el gobierno federal y en algunos estados de la república.

La sentencia al respecto fue de la Primera Sala de la Corte, la cuál amparó a la asociación civil Artículo 19, que reclamó la omisión del Congreso de cumplir el tercer transitorio de la reforma constitucional de febrero de 2014, según el cual la ley en cuestión tenía que estar lista en abril de ese año.

Con esta decisión es la primera vez en su historia que la Corte ordena al Congreso federal expedir una ley, así como la primera vez que el mandato para reparar una omisión legislativa deriva del amparo promovido por un particular.

"La ausencia de esta regulación propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en materia de comunicación social, lo cual constituye un mecanismo de restricción o limitación indirecta de la libertad de expresión, claramente proscrito por la Constitución", dice el proyecto del Ministro Arturo Zaldívar aprobado hoy.

Agrega que la omisión legislativa "propicia que la política de gasto en comunicación social canalice los recursos fiscales hacia medios afines a las posiciones del Gobierno y niegue el acceso a esos recursos -o simplemente se amenace con restringirlo- a los medios de comunicación que son críticos con las políticas del Gobierno".

Si el plazo para cumplir esta sentencia expira y no ha sido cumplida, una jueza federal empezará a requerir a los presidentes de ambas Cámaras, que eventualmente podrían ser destituidos y consignados penalmente por la Corte si no se acata el amparo.