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Martes 2 de abril de 2024

Ahora expropian 105 inmuebles para el Tren Maya


Yucatán.- El Ejecutivo federal hizo una mega expropiación de 105 inmuebles de propiedad privada para continuar la construcción del Tren Maya.

En un decreto, publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se establece que la expropiación es por causa de utilidad pública.

Se trata de una superficie de 437 mil metros cuadrados a favor de la Federación, "para la construcción de los tramos 1, 2, 3, 5, 6 y 7", del proyecto emblema del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La superficie abarca 105 inmuebles en distintos municipios de las cinco entidades por donde pasa el Tren: Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

Los municipios son Palenque, Chiapas; Emiliano Zapata y Balancán, Tabasco; Candelaria, Escárcega, Champotón, Campeche, Hecelchakán y Tenabo, en Campeche; Kanasín e Izamal, en Yucatán; en Tulum y Othón P. Blanco, en Quintana Roo.

El decreto establece que los inmuebles serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Tren Maya.

"Los bienes inmuebles que se pretenden expropiar son apropiados e idóneos para el Proyecto Tren Maya", indica.

"Se expropia por causa de utilidad pública la superficie de 437,868.34 m² a favor de la Federación para la ejecución de los tramos 1, 2, 3, 5, 6 y 7 del Proyecto Tren Maya".

"La expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los bienes inmuebles y que formen parte de ellos", agrega.

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) procederá a la ocupación inmediata de los bienes materia de esta expropiación.

"La interposición de cualquier medio de defensa no suspende la ocupación señalada en el párrafo anterior", especifica el decreto.

Fonatur, Fonatur Tren Maya y la Sedatu deben coordinarse para cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización, de conformidad con los avalúos que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, los interesados podrán recurrir el decreto, pero con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización.