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Lunes 4 de marzo de 2024

Complica más el SAT devoluciones de IVA


Armando Campos Zambrano, procurador de la Defensa del Contribuyente, aclaró en su visita a Ciudad Juárez que sí se realizará la devolución fiscal por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que de lo contrario, la autoridad también puede ser sancionada.

Agencia Reforma publicó que, durante 2023, las devoluciones por acreditación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), cayeron 17 por ciento a tasa real anual como efecto de la fortaleza del peso.

Por su parte, Rosaura Aguilar, integrante de la Comisión Técnica de Comercio Exterior del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), señaló que las devoluciones del IVA también se han visto afectadas porque a las empresas les exigen certificarse para que sea posible.

Además, agregó que se han sumado más requisitos para poder solicitar las devoluciones y durante el proceso hacen diversos requerimientos.

Adicionalmente, afirmó que la autoridad ha llegado a realizar cálculos erróneos de los montos de devoluciones y eso ha generado que éstas tarden hasta dos años en concretarse, sin embargo, el titular de la Prodecon detalló que en el caso del IVA es un impuesto que se traslada.

“Yo enajeno el bien, presto el servicio y así como cobro la enajenación también recabo el impuesto, pero para yo hacer de eso una actividad también tengo que pagar rentas, sueldos, honorarios, abogados, entonces así como el impuesto que yo recabo, el impuesto que yo pago, digamos que al compensarlos, que se llama el acreditamiento al interior de la contabilidad de las empresas o personas físicas, es como el IVA resulta o un impuesto a cargo o un saldo a favor”, explicó.

Dijo que si un contribuyente tiene el impuesto a cargo, pero se le genera saldo a favor y se presenta la declaración con toda la documentación soporte, la autoridad fiscal tiene la facultad de revisar la documentación y si resulta que pagó más IVA del que trasladó y generó saldo a favor, el SAT lo tiene que devolver.

El SAT tiene 20 días para requerir la información y analizarla y a partir de ahí, si todo está en orden, debe efectuar la devolución.

“Si no lo hace dentro de estos 20 días, la autoridad también tiene que pagar intereses porque estaría generando una afectación al patrimonio de los contribuyentes”, enfatizó.

La devolución está establecida en el Código Fiscal en sus artículos 17 y 22, y establece como sanción a la autoridad fiscal el pagar intereses en beneficio del contribuyente.

“Y la realidad es que para qué pagar intereses en una devolución que si es procedente, la autoridad la tiene que realizar, por eso no hay ninguna circular ni nada que diga lo contrario, esto viene del Código Fiscal y se tiene que respetar”, enfatizó.

El funcionario dijo que, en caso de tener problemas para realizar este trámite, los contribuyentes pueden acercarse a la Prodecon que en Ciudad Juárez cuenta con un módulo en el edificio de la Presidencia municipal.