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Lunes 19 de febrero de 2024

Dudan de testigo en caso Colosio


Ciudad Victoria, México.- El testimonio clave en el que se basa la nueva teoría del segundo tirador en el caso Colosio es inverosímil y presuntamente fue inducido por la Fiscalía General de la República (FGR).

Así lo establece el Juez Quinto de Distrito en Procesos Penales Federales de Toluca, Jesús Alberto Chávez Hernández, en la negativa de orden de aprehensión contra Jorge Antonio Sánchez Ortega, el ex agente del Cisen al que ahora acusan de ser cómplice de Mario Aburto.

El testimonio al que se refiere el juzgador es el de Leticia Ortiz, compañera de trabajo de Aburto en la maquiladora Cameros Magnéticos, quien en 1998 declaró que, previo al crimen de Lomas Taurinas, un sujeto visitó dos veces al magnicida en la fábrica.

En aquella declaración, la entonces PGR mostró a la mujer cuatro fotografías de Sánchez Ortega y no lo identificó como la persona que visitó a Aburto; pero el año pasado, la Fiscalía le puso a la vista una sola fotografía del agente del Cisen, acompañado de otro sujeto, y esta vez sí lo ubicó.

"Este último reconocimiento se toma totalmente inverosímil, en razón de la temporalidad transcurrida y más porque, como se dijo, cuatro años después del suceso delictivo no reconoció al mismo individuo. Además, en caso de que ese testimonio tuviera algún valor probatorio, sería de un mero indicio, pero sólo en cuanto a sus declaraciones de 1998, por ser la más cercana a los hechos, con base en el principio de inmediatez procesal", dice el resolutivo al que Grupo REFORMA tuvo acceso.

"Por último este órgano jurisdiccional considera que no puede, ni debe, otorgarse valor probatorio alguno al reconocimiento hecho en 2023 por ser ilegal, dado que al testigo se le puso la vista una sola fotografía, lo que hace presumir inducción conforme a la tesis 1a. CCLI/2015 (10a.), emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte.

"Por ello, el reconocimiento cuestionado no debe ser tomado en consideración por este juzgado, por ser ilícito y debe excluirse del material probatorio".