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Martes 14 de septiembre de 2010

Omite ley antilavado a partidos políticos

La iniciativa de ley del Ejecutivo federal contra el lavado de dinero omite a actores fundamentales


La iniciativa de ley del Ejecutivo federal contra el lavado de dinero omite a actores fundamentales

Aunque es un esfuerzo necesario para combatir a la delincuencia organizada, la iniciativa de ley del Ejecutivo federal contra el lavado de dinero omite a actores fundamentales en la lista de sujetos obligados a reportar operaciones al Gobierno.

Asimismo, puede generar una inmensa base de datos imposible de analizar a detalle, y amenaza con minar el secreto profesional a que están obligados miles de proveedores de asesoría legal y contable.

Especialistas consultados sobre el tema criticaron la no inclusión de actores como los partidos, sindicatos e iglesias, en la larga lista de sujetos obligados a informar mensualmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre operaciones en efectivo.

La iniciativa de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita fue enviada al Senado el pasado 26 de agosto.

"En un esfuerzo de esa naturaleza no se explica por qué dentro de los sujetos obligados no están los partidos políticos, hay razones de interés público para ello, tampoco se encuentran los sindicatos ni las iglesias, cuando menos esos tres son las grandes ausencias de la iniciativa", consideró el abogado penalista Alberto Zinser Cieslik.

Agregó que la no obligación de esas organizaciones de reportar operaciones podría hacerlas vulnerables a estrategias de lavado de la delincuencia organizada en temas como las campañas electorales, donde es sabido que se manejan grandes cantidades de efectivo.

"Se creará un mundo de reportes y de información que nadie, ningún país, está listo para enfrentar", afirmó Luis Manuel Pérez de Acha, especialista en derecho fiscal y administrativo.

Lo anterior en alusión a la obligación de entregar reportes mensuales a Hacienda sobre las operaciones realizadas por todos los abogados, contadores, joyeros, agentes y desarrolladores inmobiliarios, dueños de casinos, casas de empeño, galerías de arte y empresas de traslado de valores, blindadores de vehículos, notarios y corredores públicos.

La ley enlista 47 operaciones distintas, que abarcan casi todas las que realizan estas empresas y profesionistas, pero no detalla cuáles serían los montos, características, modalidades o frecuencia de las operaciones que se tendrían que reportar, pues estos detalles quedarían a juicio del Ejecutivo en el reglamento respectivo.

Pérez de Acha explicó que de las miles o millones de operaciones reportadas, poquísimas podrán tener el efecto de sustentar un proceso penal por lavado de dinero, donde se tiene que probar toda la cadena de ocultamiento de origen de recursos.

En el tema del secreto profesional, la iniciativa incluye un artículo que exime a los profesionistas de responsabilidad por sus reportes al Gobierno.

"No basta que la ley diga que no se violenta el secreto profesional", dijo Zinser. "La profesión tiene cierta mística y ciertas reglas, la ley tiene que reconocer la especial y delicada posición del asesor que recibe información de su cliente".

En este punto, Pérez de Acha avaló la propuesta presidencial.

"En Europa, por ejemplo, la regulación comunitaria, y por ende obligatoria, estableció hace varios años la obligación de abogados o notarios de reportar operaciones que puedan significar un riesgo en la materia", apuntó.